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Quienes aporten capital social en bitcoin deben cumplir los requisitos del código de comercio.
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Supersociedades afirma haber cambiado su doctrina para aceptar esta clase de aportes.
Las sociedades mercantiles en Colombia ahora podrán inyectar capital en criptoactivos o bitcoin, siempre y cuando se rijan por las normas legales que exige el código de comercio.
Así lo dio a conocer la Superintendencia de Sociedades el pasado 14 de diciembre, cuando a partir de una consulta realizada afirmó que “conforme a la legislación nacional los aportes efectuados a una sociedad mercantil por efecto de capital podrán hacerse en especies”. Y clarificó que:
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