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Se empata el juicio en el caso de Mercado Bitcoin vs Itaú

Tras varias semanas de análisis la magistrada brasileña Nancy Andrighi, concluyó que cerrar las cuentas de la casa de cambio de criptomonedas es un abuso de derecho.

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Ayer martes 11 de septiembre se produjo un empate en el caso que cursa ante el Tribunal Supremo de Justicia de Brasil (STJ) por el bloqueo unilateral de cuentas bancarias de la casa de cambio de criptomonedas Mercado Bitcoin, por parte del banco Itaú Unibanca. El hecho ocurrió tras reiniciarse el juicio, que conoce la Tercera Corte del máximo órgano de justicia del país suramericano.

Según se reseñó en un portal local, durante esta nueva sesión emitió su voto la magistrada Nancy Andrighi, quien había solicitado una vista durante la audiencia de sustentación oral del pasado 7 de agosto, con la finalidad de conocer mejor el caso antes de emitir su opinión. La magistrada concluyó que negar el acceso a una estructura fundamental para la operatividad de la casa de cambio de criptomonedas, es un “abuso de derecho”, y votó a favor de Mercado Bitcoin.

La opinión de esta magistrada es contraria a la expuesta por el magistrado relator en el juicio, Marco Aurelio Bellizze, quien en su ponencia no valoró el cierre de cuentas como una conducta abusiva del banco. Ahora, con un voto en contra y otro a favor, la casa de cambio de criptomonedas debe esperar la fecha para la nueva audiencia.

Este caso ha mantenido al pendiente a la criptocomunidad brasileña, por tratarse del primero relacionado con criptomonedas, que es juzgado por una corte del STJ. Esto implica que el fallo definitivo sobre esta causa, sentará jurisprudencia para disputas similares que cursan en los tribunales de justicia de ese país.

La magistrada Nancy Andrighi sustentó su decisión al afirmar lo siguiente:

Al negar el acceso a una infraestructura esencial para las actividades de la demandante, con conciencia de la imprescindibilidad del uso de la cuenta corriente para su existencia económica, el banco demandado extrapola los límites del ejercicio legítimo del derecho de rescindir el contrato que mantenía con la demandante, lo que contiene un abuso de derecho.

Nancy Andrighi
Magistrada

En su opinión, el argumento del banco de que bitcoin y otras criptomonedas pueden ser usadas para el crimen en razón de su anonimato, no justifica el cierre unilateral de cuentas, ya que esos mismos inconvenientes se pueden presentar con la moneda fiduciaria.

Andrighi señaló que, en todo caso, este criterio debería ser aplicado indiscriminadamente a todos los cuentacorrentistas, lo cual no ha sucedido. Como ejemplo citó el caso conocido como «Operación Lava Jato», donde no hay registro de que los bancos «hayan cerrado las cuentas corrientes de grandes contratistas y otras empresas flagrantemente involucradas en esquemas de corrupción y lavado de dinero».

La magistrada Andrighi y el ponente del caso magistrado Marco Aurelio Bellizze coincidieron en que la situación no amerita la aplicación del Código de Defensa del Consumidor (CDC) ni la Ley de Defensa de la Competencia. Sin embargo, la magistrada recomendó que enviar oficio al Consejo Administrativo de Defensa Económica (Cade) para averiguar eventual comportamiento contrario a la competencia por parte del banco.

Con el voto de la magistrada Andrighi, restan tres de los cinco magistrados de la Tercera Corte por emitir su opinión en este caso. Ellos son los magistrados Moura Ribeiro, Paulo de Tarso Sanseverino y Ricardo Villas Bôas Cueva. Éste último solicitó una vista del caso, al igual como lo hizo la magistrada Andrighi, y ahora contará con un plazo no mayor a 60 días para presentar su posición.

El caso de Mercado Bitcoin vs. Itaú se inició en 2015, desde entonces la casa de cambio de criptomonedas ha pasado por varias instancias judiciales, sin alcanzar el éxito aún.

Imagen destacada por BlueSkyImages / stock.adobe.com

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